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El miembro está exento del pago del copago cuando no hay centros radiológicos independientes dentro de la red en un radio de 30 millas de donde vive el miembro; o cuando los servicios se ofrecen durante una hospitalización o junto con una intervención quirúrgica el mismo día; o cuando los servicios se ofrecen durante una consulta en una sala de emergencia en el mismo centro; o cuando los servicios se ofrecen durante una observación en el mismo centro.