Mamografías de rutina según lo recomiende y considere adecuado el proveedor de atención médica de la miembro. Como lo exige la ley estatal, la cobertura incluye al menos una mamografía de referencia durante el período de cinco años en el que la miembro tiene entre 35 y 39 años, y una mamografía cada año para una miembro de 40 años o más. En el caso de las miembros con "alto riesgo" de desarrollar cáncer de mama, el médico puede recomendar una mamografía como prueba de detección fuera de estos períodos. Los proveedores de servicios médicos también pueden recomendar exámenes diagnósticos adicionales para el cáncer de mama (como mamografía diagnóstica, tomosíntesis digital de mama, resonancia magnética de mama o ecografía mamaria) para evaluar una anomalía en la mama que haya sido observada o sospechada durante una mamografía de detección, detectada por otro medio de examen, o que se sospeche en función del historial médico del miembro o de su historial médico familiar. La cobertura de estos servicios incluidos es la misma que la de las mamografías de rutina.