No se aplica el copago del miembro cuando los servicios cubiertos se brindan en una unidad de atención quirúrgica diurna, un centro de cirugía ambulatoria, un centro independiente de radioterapia y quimioterapia u hospital (salvo que el consultorio del proveedor esté ubicado dentro del hospital o que el hospital se encargue de cobrar los honorarios del profesional).