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Interrupción del embarazo (aborto), solo si: la miembro padece un trastorno físico, una lesión o una enfermedad, incluida una afección física que pone en peligro la vida y que es causada o que surge del embarazo, y que, según certificación médica, pondría a la miembro en peligro de muerte a menos que se realice el aborto; o bien el embarazo es resultado de un acto de violación o incesto.