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El copago de la consulta médica del miembro no se paga cuando la prestación de servicios de atención médica tiene lugar en el domicilio del miembro o en un hospital (salvo que el consultorio del proveedor esté ubicado dentro del hospital o que el hospital se encargue de cobrar los honorarios del profesional) o cuando la consulta está relacionado únicamente con pruebas de laboratorio. Sin embargo, para los servicios de atención médica en el hospital se aplicará el deducible.